domingo, 12 de mayo de 2013

Proyecto de Ley de medidas de flexibilización y fomento del mercado del alquiler de viviendas


 
Intervención ante el Pleno del Senado, celebrado el día 8 de mayo, para defender las 31 Enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario Socialista al Proyecto de Ley de medidas de flexibilización y fomento del mercado del alquiler de viviendas.
 
 
 

     Diario de Sesiones:
     

           Para su defensa, tiene la palabra el senador Becana.

           El señor BECANA SANAHUJA: Muchas gracias, señor presidente.

           En nombre del Grupo Parlamentario Socialista también quiero decir que, precisamente, porque creemos y queremos desarrollar el artículo 47 de la Constitución Española hemos presentado un veto a este proyecto de ley y 31 enmiendas porque que el proyecto de ley que hoy estamos debatiendo no  garantiza este derecho para todos los españoles por igual.

            Hemos presentado 31 enmiendas por una serie de motivaciones y consideraciones que se han ido explicando cuando se ha justificado el veto, cuando se ha defendido el veto en Pleno y en Comisión, cuando se han defendido las enmiendas.

            Y me gustaría hacer una pequeña síntesis de todo esto. Es verdad que es necesario empezar por el tema monográfico que ha utilizado la anterior portavoz y también otros portavoces, que es la enmienda que presenta el Grupo Parlamentario Popular en el Senado y que indica de forma muy clara cómo va a desarrollar el plan de vivienda que apruebe el Consejo de Ministros el día siguiente de haber introducido con nocturnidad en el Senado esa enmienda; una enmienda que, entre otras cosas, como se ha dicho, acaba con derechos adquiridos por compradores de viviendas de promoción pública, acaba con derechos adquiridos por jóvenes que se habían acogido a la renta básica de emancipación, y lo hace con carácter retroactivo, sabiendo que aquellos que ahora pierden derechos que tenían adquiridos no podrán acudir a los tribunales a defenderlos porque paralelamente el ministro de Justicia ha establecido unas tasas judiciales que van a tener un efecto disuasorio para que los ciudadanos que se ven atacados por este proyecto de ley, y por esta enmienda en concreto, puedan defender sus derechos.

            Señorías, si me permiten un poco de ironía, creo que lo único que va a fomentar el alquiler es precisamente esta enmienda 105, porque aquellas personas que compraron su vivienda y que, gracias a las ayudas de los anteriores planes estatales de vivienda, se quedaron con una hipoteca que rondaba los 300, 400 euros, desde el mes de julio están pagando –y lo van a ratificar ustedes con esta enmienda- 600, 700 euros, porque han perdido las ayudas a la subsidiación que les reconocían los anteriores planes de vivienda. Es muy probable que cuando estas personas se encuentren con alguna circunstancia sobrevenida que les haga perder su puesto de trabajo o les dificulte su propia economía familiar tengan que perder su vivienda y tengan que recurrir al alquiler.

            Es la única medida de fomento del alquiler que hemos encontrado en este proyecto de ley. No hay ninguna más. No es un proyecto de ley que venga acompañado de una memoria económica, se remite al plan de vivienda. Y hablan de 2000 millones para toda la duración del plan, pero ahí entran todas las actuaciones en materia de vivienda, no solamente las actuaciones en materia de alquiler, y sin actuar económicamente como se venía haciendo en los planes anteriores en el alquiler de la vivienda no conseguiremos promover ese cambio de hábito respecto de la vivienda habitual, es decir, no conseguiremos que se pase de la actitud favorable a la compra a la opción del alquiler. Hay que estimular ese cambio. Es verdad que las circunstancias han cambiado, es verdad que el plan que ha aprobado el Gobierno el día 5 de abril tiene que dar prioridad al alquiler, claro que lo tiene que hacer. ¿Porque no lo había en los planes anteriores? No, porque ha cambiado la realidad económica de nuestro país, ha cambiado por circunstancias que no son imputables al Gobierno anterior y que han hecho que se hundiera un sector, el sector de la construcción, han hecho que se hundiera el sistema financiero, que entrara en crisis el sistema financiero y por lo tanto todo el volumen crediticio de las entidades bancarias, y se acabó el poder acceder a la compra de viviendas.

            Si nos vamos a encontrar con una sociedad que va a vivir durante estos próximos años condicionada por estas circunstancias es lógico que la prioridad de un plan de vivienda aprobado en el año 2013 encamine sus actuaciones hacia el alquiler, y lo hará con un entorno mucho más favorable al alquiler que el que se encontraron los anteriores planes de vivienda, pero actuando como se actuó se consiguió pasar del 10% de viviendas alquiladas al 17%. Y ahí tuvo mucho que ver una actuación que se llama la renta básica de emancipación, por la cual los jóvenes cobraban una parte del alquiler que pagaban cuando se emancipaban de sus familiares; fue un programa que ayudó a emanciparse a más de 180 000 jóvenes. Ahora, después de las diferentes decisiones que ha ido tomando el Partido Popular desde el año pasado, quedan unos 120 000 beneficiarios, que en cuanto entre en vigor el nuevo plan de vivienda desaparecerán; 120 000 jóvenes que se quedarán sin la ayuda, bastante probable que la mayor parte de ellos abandonen el alquiler y bastante probable también que los propietarios que tienen alquilados esos pisos pierdan las rentas que están recibiendo por ese alquiler.

            En cuanto a las enmiendas que ha presentado el Grupo Parlamentario Socialista, las voy a agrupar por los argumentos que hemos ido exponiendo durante este debate y durante el debate en comisión. Del análisis de este proyecto de ley hemos dicho que es un proyecto de ley que rompe el equilibrio entre los derechos y las obligaciones del arrendador y del arrendatario, y nos dicen que no. Nosotros pensamos que sí, que reduce la duración del contrato y los años de prórroga -por lo tanto precariza los contratos-, facilita la rescisión unilateral del contrato por parte del arrendador, se puede echar al inquilino a partir del primer año con muchísima facilidad y sobre todo le niega al arrendatario el derecho del tanteo y retracto.

            Para corregir eso hemos presentado las enmiendas que tienen por objeto establecer en cuatro años y en tres de prórroga la duración mínima de los contratos de alquiler, considerando que pasar de los actuales cinco años más tres de prórroga a los tres que contempla el proyecto de ley más uno de prórroga a los tres que contempla el proyecto de ley más uno de prórroga supone un cambio radical en contra de los intereses del arrendatario. Está claro que una reducción significativa de la prórroga del contrato desincentiva la demanda.

            Nuestras enmiendas pretenden también garantizar la estabilidad del contrato con independencia de su inscripción en el registro de la propiedad. Dicen que quieren incentivar el alquiler y establecen una obligatoriedad que conlleva gastos, que conlleva prácticamente el importe de una mensualidad de un piso medio que se arriende por 400 euros, conlleva 400 euros de gastos, que se tiene que gastar el inquilino para tener una seguridad jurídica en el contrato que firma que ya se la está dando la actual Ley de Arrendamientos Urbanos. ¿Para qué queremos obligar al inquilino? Si lo que realmente dice el Gobierno que pretende con esta ley es fomentar el alquiler, ¿cómo le vamos a decir al inquilino que gaste más dinero si quiere tener mayor seguridad jurídica cuando el propietario le plantee que va a necesitar su casa para un hijo que se quiere casar o cuando el propietario le plantee cualquier otra cuestión relacionada con su contrato?. Hemos presentado otro grupo de enmiendas para que cuando el propietario comunica al inquilino que va a necesitar su piso lo haga de forma fehaciente, lo acredite de forma suficiente; no basta con una comunicación verbal y así lo recoge el proyecto de ley: oye, vete, que se casa mi hijo y cuando oye: vete, que se casa mi hijo, el inquilino se tiene que ir y si a los tres meses el hijo no se ha casado, el inquilino, si no se gastado 400 euros registrando el contrato de alquiler, no tiene posibilidad de evitar que le desalojen del piso; y si lo hace y gana el contencioso después de haberse ido del piso tendrá derecho a que le indemnicen con un mes de alquiler. Pensamos que eso no equilibra las relaciones entre al arrendador y el arrendatario.

            Pedimos también que la limitación a la renuncia del derecho de adquisición preferente en el caso de la vivienda arrendada se establezca si se va a hacer esa renuncia mediante pacto expreso incorporado en el contrato de alquiler.

            Hemos presentado, ya lo he dicho, una enmienda para suprimir el requisito de inscripción de la vivienda. Dada esta actitud favorable que tienen a sumar apoyos a los proyectos que han presentado durante la legislatura, y especialmente a los proyectos que hemos debatido esta tarde, pensamos que quizás esta idea pueda resultar demasiado fuerte para ustedes. Les proponemos que si quieren insistir en que esa inscripción en el registro sea necesaria, por lo menos establezcan una bonificación del 60% de las tasas y de los aranceles, que no tiene repercusión en el déficit público.

            Nos parece una mala idea que el proyecto de ley renuncie a que el criterio de renovación automática de la renta anual del alquiler se desvincule del IPC, porque es un criterio universalmente aceptado por todo el mundo, no está dando ahora ningún problema y si se desvincula generará problemas en la relación entre arrendatarios y arrendadores.

            Con la enmienda 105, que metieron ustedes con nocturnidad en el Congreso de los Diputados, hicieron otra tropelía. Presumía el portavoz del Grupo Popular de que este era un proyecto que había sido sometido a consultas y a exposición pública de diferentes organismos, pero hay partes sustanciales que están fuera de esa consulta, como la enmienda 105, por poner un ejemplo, que introdujeron en el Congreso de los Diputados que establece las listas negras de aquellos inquilinos que han dejado de pagar su renta que no ha podido ser informada por nadie. Y ahí estamos estableciendo otra injusticia, porque están ustedes poniendo al mismo nivel a aquellos inquilinos que dejan de pagar por razones económicas, por circunstancias personales adversas, que aquellos ciudadanos que dejan de pagar su renta por motivos menos justos. Sin embargo, todos tendrán problemas cuando quieran alquilar una nueva vivienda.

            Es un proyecto poco ambicioso, porque no contempla la creación de un organismo público para el impulso y la gestión del alquiler del parque de viviendas, ni de las que hay de promoción pública ni de las que se podrían gestionar con el banco malo.

            Nosotros proponemos que creen un organismo —ya sé que nos dirán que no funcionaron, pero vale la pena intentarlo— ejecutivo público, sin gastos adicionales porque se puede hacer con las estructuras que ya tiene ahora la administración General y que ese organismo sea el encargado de gestionar de una forma ordenada, coordinada y razonable las políticas de vivienda en alquiler que se pretenden poner en marcha por la administración.

            Lo más grave de este proyecto de ley —lo he dicho anteriormente— es que acaba definitivamente con la renta básica de emancipación de los jóvenes. En 2008 se estableció la renta básica de emancipación que consistía en una ayuda mensual por importe de 210 euros durante un período máximo de 48 meses que podía disfrutar de forma interrumpida un joven hasta los 30 años. En 2011 el Partido Popular la paralizó impidiendo la incorporación de nuevos beneficiarios. En 2012 el Partido Popular la recortó reduciendo la ayuda mensual a 147 euros, un 30% de aquellos 210 que tenían reconocidos; y en 2013 el Partido Popular la elimina definitivamente con carácter retroactivo. Todos aquellos jóvenes que la tienen ya concedida y que la están cobrando la perderán el día siguiente que entre en vigor el nuevo plan de vivienda y como alternativa —se lo ha explicado antes mi compañero Juan Manuel Fernández— ustedes les van a ofrecer unas ayudas al alquiler no ya como jóvenes, sino como individuos. El requisito que le van a pedir a un joven, a una persona sola, es que no cobre más allá de una vez el IPREM, es decir, que no cobre más de 532,51 euros y con ese sueldo será imposible que nadie se acoja a ayudas que probablemente no superarán los 120 euros.

            En consecuencia, es probable que al anularse la renta básica —se lo decía antes— se anulen también los contratos de alquiler que tienen estos jóvenes y los jóvenes perderán su vivienda como los propietarios perderán su renta. Acabo haciendo mención a un aspecto que es importante. Lo hemos hablado en la ley anterior, son temas de simple sensibilidad que no cuestan dinero y que, sin embargo, pueden aportar un grano de arena para que la gente que tenga dificultades en estos momentos tenga un respaldo del gobierno. Me refiero a la posibilidad de ayudar al pequeño comercio que está todavía con rentas antiguas, rentas antiguas que, según la Ley de Arrendamientos Urbanos en vigor acabarán el día 1 de enero de 2015. Ese año se actualizarán las rentas en el año peor para las economías de estos pequeños comercios. ¿Tiene el gobierno algún problema para, dadas las circunstancias económicas que está pasando el país, prorrogar por cinco años más esta renta? No cuesta dinero porque es una cuestión de sensibilidad.

            En resumen, le hemos dicho ya que es una ley equivocada en el análisis de partida, es desequilibradora en la relación arrendador- arrendatario, a favor del propietario y a favor de los bancos. Despoja al arrendatario de prácticamente todos sus derechos. Obliga al arrendatario a soportar mayores gastos innecesarios para alquilar con unas mínimas garantías, crea listas negras que dificultarán el acceso a una vivienda de alquiler a familias honestas que hayan padecido la consecuencia de las crisis y no dedica ni una sola línea al alquiler social. Se llama “de fomento del alquiler” pero ni una sola línea anima a nadie, si no es por necesidad, a vivir en alquiler en lugar de vivir en propiedad.

            Gracias, señor presidente. (Aplausos.)
      
 
            El Partido Popular no aceptó ninguna de las enmiendas presentadas. A partir de la entrada en vigor de esta Ley, más 120.000 jóvenes perderán las ayudas al alquiler de viviendas conocidas como Renta Básica de Emancipación. También los beneficiarios de subsidicaciones y subvenciones para la adquisición de una vivienda de promoción pública, otorgadas al amparo de los anteriores Planes Estatales de Viviendas, las perderán.
 
             Se trata de derechos reconocidos. Si quieren pleitear contra la Administración, deberán pagar tasas judiciales para iniciar un pleito que defienda derechos que el propio Gobierno les otorgó en su momento.
 
               Todo un desprósito que fue imposible evitar frente al rodillo parlamentario de su mayoría absoluta.